Carnet por puntos
Las implicaciones de la nueva ley de seguridad vial, conllevan:
- Mas infracciones y mas gravedad de las mismas.
- Mas retiradas del permiso de conducir.
- Mas antecedentes.
- Mas duración del tiempo de retirada.
INFRACCIONES POR LAS QUE SE PIERDEN PUNTOS
-6 puntos
- Conducir bajo los efectos del alcohol (>0,75 mg/l. Profesionales, >0,3 mg/l).
- Conducir bajo los efectos de drogas.
- Negarse a realizarse las pruebas de alcoholemia o drogas.
- Circular en sentido contrario.
- Conducir de forma temeraria.
- Velocidad en autopista a más de 180 km. /hora
- Velocidad en carretera a más de 135 km./ hora
- Transporte terrestre. Incumplimiento de tiempos: >50% máximo permitido o <50% del tiempo de descanso obligatorio.
-4 puntos
- Conducir bajo los efectos del alcohol (0,25-0,75 mg/l. Profesionales, 0,15-0,3 mg/l).
- Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50% o más el número de plazas autorizadas, excluido el conductor (un vehículos normal: 8 personas)
- Arrojar objetos peligrosos que puedan producir incendios o accidentes.
- Conducir de forma negligente.
- Exceso de velocidad: en más de 40-50 Km/h (161-180 km/hora) en autopista
- Circular en Carretera entre 130 y 135 km/hora
- Incumplir la prioridad de paso, incumplir la obligación de detenerse en una señal de stop, paso de peatones, semáforos y glorietas.
- Poner en peligro a los ciclistas.
- Adelantar peligrosos (invadiendo el sentido contrario en curvas, cambios de rasante o lugares con visibilidad reducida).
- No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación.
-3 puntos
- Exceso de velocidad en autopista: en más de 30-40 Km/h (151-161 km/hora en autopista).
- Exceso de velocidad en carretera entre 121 y 130 km./hora.
- No mantener la distancia de seguridad.
- Circular sin alumbrado en condiciones de falta de visibilidad.
- Circular produciendo deslumbramiento a otros usuarios de la vía.
- Conducir hablando por el móvil
- Parar o estacionar peligrosamente, por ejemplo en:
- en curvas
- en cambios de rasante de visibilidad reducida y sus proximidades,
- en pasos inferiores,
- en túneles y sus proximidades,
- en pasos a nivel
- en lugares peligrosos o en los que se obstaculice gravemente la circulación
- etc.
-2 puntos
- Exceso de velocidad en autopista: a má de 141 km/hora y a menos de 151 km/hora.
- Exceso de velocidad en carretera entre 121 y 111 km./hora.
- Incumplir las normas sobre adelantamientos (sin poner en peligro a otros usuarios).
- Cambiar de sentido, dirección o dar marcha atrás incumpliendo las normas.
- Circular sin utilizar el alumbrado cuando sea obligatorio.
- Conducir sin utilizar el cinturón de seguridad.
- Circular con menores sin sillita.
- Conducir sin casco o con casco no homologado.
PÉRDIDA DE PUNTOS
- 6 meses in carnet la primera vez.- 12 meses sin carnet las siguientes veces.
Recuperación de puntos
- Cursillos de sensibilización y reeducación (máximo uno cada dos años): +4 puntos- Tres años sin haber cometido ninguna infracción: Todos los puntos